Por: Johanna
Carolina Bula
INTRODUCCIÓN
1.
LEY
QUE REGLAMENTA LA MATERIA EN COLOMBIA
2.
CONCEPTO
DE PROPINA
3.
¿QUÉ
ES LA CADENA DE SERVICIOS?
4.
¿QUÉ
ESTABLECIMIENTOS PUEDEN COBRAR LA PROPINA EN COLOMBIA?
5.
¿ES
LA PROPINA UN COMPORTAMIENTO CULTURAL?
6.
LAS
TRES TEORÍAS QUE EXPLICAN EL COMPORTAMIENTO DE LAS PROPINAS
7. LA PROPINA EN COLOMBIA NO CONSTITUYE SALARIO
8.
RESPECTO
DE LOS PRECIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO
9.
SUGERENCIAS
RESPECTO DE LAS PROPINAS
10. Conclusión
INTRODUCCIÓN
Las
propinas tienen su origen en los vails, pequeños regalos monetarios
que los aristócratas ingleses daban a sus sirvientes a finales de la Edad
Media. Comenzaron siendo una forma de recompensar el trabajo extra o de ayudar
en tiempos difíciles. En el siglo XVIII, los criados de las casas de campo y
posadas esperaban estos regalos de los huéspedes, y las fuentes de la época se
quejaban de su coste.
En
el siglo XVII comenzó a popularizarse este hábito y se convirtió en
una costumbre de los viajeros que se hospedaban en casas privadas,
quienes agradecían las atenciones de sus anfitriones pagando una pequeña
cantidad de dinero. Con el tiempo, esta práctica abandonó las clases nobles y
fue recogida por clientes de cafeterías y establecimientos comerciales londinenses.
Hay
una conclusión recurrente en los análisis sobre las propinas y es que se sigue
dejando por “miedo a la desaprobación social”, a que, si no se otorga, se
estaría actuando por fuera de lo socialmente aceptado.
Como
cualquier tema, por trivial que parezca, la propina genera controversia, entre
quienes hacen parte de la cadena de servicio, los consumidores y los dueños de
los establecimientos de comercio. Ya que desde la orilla desde donde se mire, se
valora de diferente forma.
En
nuestro país hay costumbres en el gremio de la restauración sobre la forma de
repartir las propinas y es que el 100% de esta no va hacia el mesero o grupo de
meseros, sino que se reparte entre las personas que intervienen en el proceso
de prestar un excelente servicio, incluyendo producción, anfitriones y administradores.
En
esta entrada del blog, me adentro en el tema de las propinas en el gremio de la
restauración.
1.
Ley
que reglamenta la materia en Colombia:
Ley 1935 de 2018 “por medio de la cual se reglamenta la naturaleza y
destinación de las propinas”
Circular única de la superintendencia de industria y comercio
2.
Concepto
de propina: Se entiende
por propina el reconocimiento en dinero que en forma voluntaria el consumidor
otorga a las personas que hacen parte la cadena de servicios en los
establecimientos comerciales de que trata el artículo 1 º de esta ley, por el
buen servicio y producto recibido e independiente del valor de venta
registrado.
3.
Cadena
de servicios: puede
estar conformada por el cocinero, el mesero e incluso el recepcionista,
anfitriones de los espacios de actividades, de modo que todos los trabajadores
que contribuyeron a la prestación del servicio que dio lugar a la propina deben
participar de ella.
4. ¿Qué establecimientos pueden cobrar
propina?
Restaurantes, bares, clubes sociales o
culturales, discotecas, cafeterías y similares.
5. ¿Es la propina un comportamiento
cultural?
Ciertamente
lo es, no en todos los lugares la propina tiene la misma importancia, es más
hay lugares en que puede considerarse ofensiva, por lo tanto, la forma como se
valora esta práctica está dada por razones culturales.
En
Asia, es una cuestión de orgullo, no tener una “cultura de la propina”,
teniendo altos niveles en la atención al cliente.
Sin
embargo, en Europa tenemos casos con perspectivas contrarias en este tema como
las que tienen España y Dinamarca. Dinamarca carece de la cultura de la
propina, mientras que, en España, el uso de esta costumbre es bastante
extendido.
Razones
de más para consultar sobre la cultura y las costumbres de cada lugar que
visitemos, para no generar molestias innecesarias. Más vale prevenir con la información,
que lamentar una confusión o una ofensa.
6. Las teorías que explican el
comportamiento de las propinas
6.1.
La teoría
de la equidad: Los individuos están motivados a tratar a los demás de manera
equitativa.
6.2.
La
teoría del acto altruista: sugiere que los clientes dan propina a los empleados
del restaurante para ayudarlos.
6.3.
La
teoría de la gestión de impresiones: considera que los clientes dan propina
para aparecer de forma positiva ante los demás.
6.4.
La
teoría de la norma social: considera que los clientes dan propina para seguir
las normas y convenciones sociales.
7.
Respecto
del precio:
- Se
debe informar los precios a los consumidores a través de una lista de
precios o través de cartas físicas.
- Sin
importar el sistema de precios que elija el establecimiento, se debe
garantizar siempre la visibilidad del precio y que el medio de información
sea físico. El uso de medios tecnológicos es facultativo y no sustituye
dicha obligación.
- Si se
elige el sistema de carta de precios, por lo menos una carta debe ser
visible a los consumidores de tal forma que puedan consultar los precios
antes de ingresar a dicho establecimiento.
- Para
la visualización de los precios, los establecimientos no pueden exigirles
requisitos adicionales a los consumidores, como, por ejemplo, registrarse
en páginas web, proporcionar datos personales o conceder permisos de
acceso a aplicaciones.
- No se
deben usar textos, imágenes o elementos que induzcan en error al
consumidor sobre el precio del producto, como lo son, por ejemplo,
anuncios en decenas o centenas con aclaraciones del tipo “precios en miles
de pesos colombianos” o “20K”; o utilizar expresiones indeterminadas como
“según el tamaño” o “según el peso”; o el uso de palabras que no
correspondan al idioma castellano.
- Estas
disposiciones rigen a partir del 5 de septiembre de 2022, teniendo en
cuenta que fueron publicadas en el Diario Oficial No. 52.148 de esa
fecha.
8. La propina en Colombia no constituye salario
Es un pago voluntario por parte del
cliente,
Existe la prohibición de estrategias y/o
conductas cohersitivas por parte de los comercios para exigirla y esta no debe
superar el 10% de la cuenta.
En Colombia, los ingresos que por
concepto de propinas reciban los trabajadores de los establecimientos de que trata
esta ley no constituyen salario, y por consiguiente en ningún caso podrán
considerar como factor salaria, de conformidad con el artículo 131 del código sustantivo
del trabajo.
9.
Respecto
de la propina:
- La
propina es un reconocimiento voluntario del consumidor a las personas que
hacen parte de la cadena de servicios por el buen servicio y producto
recibido, por lo que depende plenamente del consumidor su pago o no.
- El
establecimiento puede sugerir el valor de la propina, siempre que no
supere el 10% del valor del servicio prestado, y se le debe preguntar al
consumidor, cuando este solicita la liquidación de su cuenta, si desea
incluirla en la factura o si desea pagar una cuantía diferente.
- El consumidor
puede decidir no pagar la propina o modificar su cuantía en cualquier
momento, incluso después de que se haya emitido la factura de venta, si no
se le preguntó antes de emitirla.
- Mediante
avisos fijados a la entrada del establecimiento, en las cartas y en las
listas de precios, se debe informar a los consumidores sobre la
voluntariedad de la propina y su destinación, así como el correlativo
derecho que les asiste de no pagarla o de modificar su cuantía cuando esta
les sea sugerida.
- En el
mismo aviso anterior, se deben informar a los consumidores que, ante
cualquier inconveniente con el cobro de la propina, puede comunicarse con
la Superintendencia de Industria y Comercio a través de sus canales de
atención telefónica o por el correo institucional contactenos@sic.gov.co.
- Estas
disposiciones entraron a regir desde el 5 de noviembre de 2022.
El incumplimiento de estas disposiciones
podría causar la imposición de multas
CONCLUSIÓN:
Por costumbre, por no ser rechazado socialmente o por retribuir un buen servicio, la propina hace parte de la
cultura social en el gremio restaurantero (y de otros servicios), no debe en ningún
caso reemplazar un salario digno.
Es una costumbre, que suscita en cada
persona un sentimiento en particular, bien sea por no considerarla apropiada,
teniendo en cuenta que ya se paga un precio por el plato de comida ; también hay
quienes consideran que el buen servicio debe ser parte de la experiencia y no
algo que deba ser monetizado o bien consideren que, si el buen servicio es solo
con el propósito de recaudar la propina, entonces la amabilidad y la diligencia
son un negocio.
Mientras que quienes hacen parte de la
cadena de servicios deben tener plena aceptación de la decisión del cliente de
pagarla o no y de cuantificarla como este disponga, sin que esto genere un mal
final en la experiencia, pudiendo dañar el recuerdo de una comida maravillosa.
No se trata de una critica a una
costumbre extendida, la intención es acercar a todas las partes al punto de
vista de todos los involucrados, mostrando un panorama general y datos curiosos
sobre la misma.
Referencias
Congreso de la República de
Colombia . (3 de agosto de 2018). Funcionpublica.go.co . Obtenido de
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=87873#:~:text=Por%20medio%20de%20la%20cual,o%20haya%20lugar%20a%20ella.
Fernandez, S., Martin Rios, C., & al, e. (2024). ¿Dejar propina o
no? Explicación del comportamiento en materia de propinas en restaurantes con
precios que incluyen el servicio. International Journal of Hospitality
Management, 117, 11. Recuperado el 12 de Enero de 2025, de
https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0278431923002141
Mccaron, M. (27 de Febrero de 2024). Los estadounidenses odian las
propinas casi desde que nació la tradición. Obtenido de Nathional
Geographic:
https://www.nationalgeographic.es/historia/2024/02/propinas-estados-unidos-odio-pirncipio-asi-nacio-tradicion#:~:text=Las%20propinas%20tienen%20su%20origen,de%20ayudar%20en%20tiempos%20dif%C3%ADciles.
Olascoaga, A. (2023). El extraño origen de la propina y por qué en
algunos países es obligatorio darla. Obtenido de Muy interesante:
https://www.muyinteresante.com.mx/historia/385.html